Cómo entender su aviso CP59 (SP)

De que se trata este aviso

No tenemos registro de que usted haya presentado su declaración de impuestos personales del año anterior.


Lo que usted tiene que hacer

  • Presentar su declaración de impuestos personales inmediatamente o explicarnos por qué no tiene que presentar.

    Nota: Si usted recibió un número de identificación personal para la protección de la identidad (IP PIN, por sus siglas en inglés) emitido por el IRS debido al robo de identidad, usted tiene que incluir el IP PIN en su declaración de impuestos, como se indica, cuando nos la envíe. Si presenta una declaración como persona casada con declaración conjunta, incluya el IP PIN de cada cónyuge.
     
  • Completar y enviarnos por correo o fax el Formulario 15103 (SP), Planilla para la Declaración en el Formulario 1040 DelincuentePDF si:
    • Usted ya presentó la declaración.
    • Usted cree que no tiene que presentar la declaración.

Es posible que usted desee


Preguntas frecuentes

Usted no tiene que hacer nada si presentó su declaración dentro de las últimas ocho semanas.

Nuestros registros muestran que no recibimos su declaración de impuestos. Verifique el nombre, número de Seguro Social (o el número de identificación del contribuyente) y el año tributario en su aviso. Asegúrese de que sean iguales al nombre, número y año de la declaración. Envíenos por correo una copia firmada y fechada de la declaración de impuestos.

Aceptamos electrónicamente declaraciones para los dos años anteriores más recientes. Sin embargo, usted debe localizar un proveedor de e-file que ofrezca el servicio para hacerlo.


Consejos para el próximo año

  • Presente su declaración de manera oportuna.
  • Considere presentar sus impuestos electrónicamente. La presentación en línea puede ayudarle a evitar errores y encontrar créditos y deducciones a los que puede tener derecho. En muchos casos, puede presentar de manera gratuita. Infórmese más sobre la presentación electrónica.
  • Si usted tiene hijos dependientes, tal vez puede reclamar un crédito tributario por ellos. 

Información útil

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