Cómo entender su carta o aviso del IRS

Su carta o aviso le explicará la razón del comunicado y le brindará instrucciones sobre cómo manejar el asunto.

Si está de acuerdo con la información, no hay necesidad de que se comunique con nosotros.

Al utilizar la barra de búsqueda de Cartas y Avisos en esta página, si ésta no proporciona un resultado para su carta o aviso, o si el aviso o carta parece ser sospechoso, comuníquese al número libre de cargos 800-829-1040. Si determina que el aviso o carta es fraudulento, siga las instrucciones del empleado del IRS que le está ayudando o visite nuestra página web, Denuncie práctica fraudulenta de pesca de información, para saber los próximos pasos.

Para obtener una copia de su aviso o carta del IRS en Braille o en letra grande, visite la página de Información sobre el Centro de Medios Alternativos (en inglés) para obtener más detalles.

¿Por qué el IRS me notificó sobre algo?

El IRS envía cartas o avisos por las siguientes razones:

  • Usted tiene un saldo pendiente.
  • A usted se le adeuda un reembolso mayor o menor.
  • Tenemos preguntas relacionadas con su declaración de impuestos.
  • Necesitamos verificar su identidad.
  • Necesitamos información adicional.
  • Nosotros le hicimos cambios a su declaración.
  • Necesitamos notificarle sobre atrasos en la tramitación de su declaración.

Próximos pasos

Lea

Cada carta o aviso contiene mucha información valiosa, así que es muy importante que usted lea cuidadosamente. Si cambiamos su declaración de impuestos, compare la información que le proporcionamos en la carta o aviso con la información en su declaración original.

Responda

Si su carta o aviso requiere una respuesta para una fecha específica, existen dos razones principales por lo cual usted deseará cumplir:

  • Para reducir cargos adicionales por multas e intereses.
  • Para salvaguardar sus derechos de apelación si usted no está de acuerdo.

Usted debe responder como se indica en su carta o aviso que podría incluir el correo, el FAX o digitalmente a través de la herramienta de carga de documentos (en inglés).

Pague

Pague todo lo más que pueda, aun si usted no puede pagar la cantidad total que adeuda. Usted puede pagar en línea, o solicitar un acuerdo de pagos a plazos en línea o un ofrecimiento de transacción. Visite nuestra página de pagos para más información.

Retenga una copia de su carta o aviso

Es importante que retenga una copia de todas las cartas o avisos junto con sus registros tributarios. Estos documentos podrían serle necesarios en una fecha posterior.

Comuníquese con nosotros

En la esquina superior derecha de la carta o aviso le proporcionamos nuestro número telefónico de contacto. Típicamente, usted solo tiene que comunicarse con nosotros si está en desacuerdo con la información, si le solicitamos información adicional o si tiene un saldo pendiente. Usted también puede escribirnos a la dirección que aparece en la carta o aviso. Si nos escribe, permita por lo menos 30 días para nuestra respuesta.

La localización del número de carta o aviso

Usted puede encontrar el número de la carta (LTR) o aviso (CP) en la esquina superior o inferior derecha de su correspondencia.